24/3/10

Homilía de la Festividad de nuestro Padre San José

Homilía de la Festividad de nuestro Padre San José

Miércoles 24 de Marzo del 2010, Año Sacerdotal


Este 19 de Marzo, la Arquidiócesis de San José (Costa Rica), celebró en una Eucaristía la Solemnidad del Patriarca San José Patrono de la Arquidiócesis. La Celebración fue presidida por Monseñor Hugo Barrantes Ureña, Arzobispo Metropolitano, Clero Josefino y alumnos del Seminario Mayor e Introductorio. Además se contó con la participación del Alcalde de San José, Johnny Araya y miembros del Concejo Municipal.


HOMILÍA 19 DE MARZO 2010

SAN JOSÉ, ESPOSO DE LA VIRGEN MARÍA

CATEDRAL METROPOLITANA


+Mons. Hugo Barrantes Ureña

Arzobispo


La Solemnidad de San José, Patrono de nuestra capital y titular de la Arquidiócesis de San José, nos presenta a San José, hombre silencioso y humilde, como jefe de la modesta familia en la que se va a realizar el Misterio de la Encarnación del Verbo. La Palabra Eterna asumirá la condición humana, en las condiciones de una humilde familia judía, en una aldea también humilde. Así es el actuar de Dios en la historia de la salvación: hacer cosas grandes con instrumentos pequeños.


La devoción tan grande que tiene la Iglesia a San José, es un reconocimiento de que Dios escoge para su obra a las personas más adecuadas en los momentos más oportunos.


San José, puesto al frente de la Sagrada Familia se comportó como un “servidor fiel y prudente”. Su “silencio” es para nosotros más elocuente que muchas palabras. Su silencio interior es admirable. Su obediencia y su entrega por entero a servir al Hijo de Dios, lo convierten en un auténtico modelo para nosotros los Cristianos.


El Evangelio que hemos proclamado dice: “Cuando José se despertó, hizo lo que le había mandado el Ángel del Señor”. Es la obediencia que nace de la fe. José es, en el lenguaje de hoy, un discípulo misionero. Su experiencia de Dios, su fe en Dios, se convierte en el motor de su vida: hacer la Voluntad de Dios, entregarse, decididamente, al proyecto de Dios.


1.- Matrimonio y Familia.


La Antífona de entrada de la Misa de San José dice: “Este es el siervo fiel y prudente. El Señor le confió su Familia”.


Con estas palabras se expresa que Dios sabía que San José era “su hombre de confianza”, es decir, esa clase de hombre en el que se puede descansar con la tranquilidad que da saber que no fallará por mal que se pongan las cosas, que permanecerá leal por contradicciones que haya, y que llevará a cabo del modo debido las tareas que se le encomienden. Por eso Dios confió en San José para depositar a su cuidado a su Hijo encarnado y a su bienaventurada Madre: los dos mayores tesoros que jamás se confiaron a criatura alguna.


La Solemnidad de San José es una oportunidad propicia para hablar del matrimonio y la familia.


La Iglesia quiere ofrecer a la sociedad la familia Cristiana como un bien precioso. No queremos imponer, pero estamos convencidos de que la oferta de la familia Cristiana, es dar al mundo una perla preciosa. Presentar la verdad del matrimonio y la vitalidad humanizadora de la familia al mundo de hoy, es ofrecer la roca firme para asentar el futuro de la humanidad. Esto nos obliga a evitar lo que la dañe y a promover lo que la favorezca. Ni las personas particulares, ni los grupos sociales, ni la autoridad del Estado pueden manipular a su gusto sus orígenes, su naturaleza y sus propiedades esenciales, en una palabra, su razón de ser puesta por Dios. Para nosotros los Cristianos proclamar el tesoro de la familia Cristiana y alertar sobre los ataques a la integridad de la misma, no es sólo un derecho sino también un deber.


En dos ocasiones una multitud de Costarricenses expresamos nuestra clara opción a favor de la familia: el 31 de Agosto del 2008 en la “Marcha por la Familia” y el 28 de Noviembre del 2009, convocados por el Observatorio Ciudadano por la Vida y la Familia. No cabe duda de que en Costa Rica hay un sustrato Católico firme y convencido de que “el futuro de la humanidad se fragua en la familia”, que la salud de una sociedad se mide por la salud de las familias. La pena es que en nuestro país, tradicionalmente amante y respetuoso de la familia, haya, también, fuerzas que insisten, por diversos medios, en destruirla o deformarla.


La Iglesia no busca imponer, quiere proponer, a tiempo y a destiempo, en público y en privado, a los distintos grupos e instituciones sociales, de manera particular a los Legisladores de la República, para que la familia, fundada sobre el verdadero matrimonio, sea vista y apreciada como “la célula primera y vital de la sociedad”. Hace 60 años, la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, reconocía y establecía que: “la familia es el núcleo natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a ser protegida por la sociedad y el Estado” (Art. 16/3). Nuestra Constitución Política asumió ese derecho en el Art. 51. Es deber del Estado alejar de la familia los bacilos y los gérmenes que puedan dañar el buen estado de salud de la misma y promover lo que la favorezca.


Los Obispos hemos insistido en la acción coherente de los Legisladores Católicos para que las políticas familiares que sean propuestas sean eficaces y potencien los auténticos valores de la familia.


La Congregación para la Doctrina de la Fe indicó a los políticos Cristianos lo siguiente: “Cuando la acción política tiene que ver con principios morales que no admiten derogaciones, excepciones o compromiso alguno, es cuando el empeño de los Católicos se hace más evidente y cargado de responsabilidad. Ante estas exigencias éticas fundamentales e irrenunciables, en efecto los creyentes deben saber que está en juego la esencia del orden moral que concierne al bien integral de la persona… Análogamente, debe ser salvaguardada la tutela y la promoción de la familia, fundada en el matrimonio monogámico entre personas de sexo opuesto y protegida en su unidad y estabilidad, frente a las leyes modernas sobre el divorcio. A la familia no pueden ser jurídicamente equiparadas otras formas de convivencia, ni éstas pueden recibir, en cuánto tales, reconocimiento legal. Así también, la libertad de los padres en la Educación de sus hijos es un derecho inalienable, reconocido además en las Declaraciones Internacionales de los Derechos Humanos”.


2.- Quiero referirme a este último aspecto: la libertad de los padres en la Educación de sus hijos.


A. Derecho prioritario de los padres en materia de Educación.


“Los padres, por haber dado la vida a sus hijos, tienen la muy grave obligación de educarlos, y, por tanto, ellos han de ser reconocidos como sus primeros y principales educadores”. (Concilio Vaticano II, Gravissimun educationis n. 3).


Negar estos derechos de la familia equivale a negar la existencia de la familia como célula primera de la sociedad; equivaldría a decir que la sociedad es la realidad primera y que la familia es realmente un elemento secundario de la sociedad, a la que ha de someterse. Todo esto es inadmisible desde una perspectiva Cristiana.


Reconocido este derecho de la familia, se puede afirmar, en un cierto sentido y a condición de no extraer de esta premisa consecuencias absurdas, que los otros educadores actúan como delegados de la familia, que es la que les confía una parte de su responsabilidad y de su poder.


La regla es válida tanto para la escuela como para el resto de las instituciones educativas; el Maestro actúa como delegado de la familia y no como el representante, al menos en primer lugar, de la autoridad del Estado o de una entidad docente.


B. Los padres son libres para elegir el tipo de Educación que desean para sus hijos.


“La misión que encomendó Dios a los padres de proveer el bien material y espiritual de la prole, y de procurarle una formación armónica impregnada de verdadero espíritu religioso, no puede serles arrebatada sin lesionar gravemente el derecho...” (Pío XII, Summi Pontificatus).


De esta forma, la libertad de elección de escuelas, y, consiguientemente, la libertad de creación de escuelas, aparece como una facultad que forma parte de los derechos esenciales de los padres. Por eso existe una íntima relación entre política familiar y política educativa.


C. Obligaciones particulares de los padres Cristianos.


Para el creyente, este derecho a la Educación comporta una dimensión nueva. Por el hecho del Bautismo, que es solicitado y aceptado por los padres en nombre del niño, el creyente contrae la obligación de ir creciendo en su fe, y la Iglesia se compromete a ayudar al bautizado en esa maduración personal de su fe. Ambas obligaciones logran su cumplimiento mediante la Educación Religiosa, entendida en su sentido amplio de Educación de la fe.


“Declara igualmente el sagrado Concilio que los niños y adolescentes tienen derecho a que se les estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales y a prestarles su adhesión personal, y también a que se les estimule a conocer y amar más a Dios.


Ruega, pues, encarecidamente a todos los que gobiernan los pueblos o están al frente de la Educación, que procuren que nunca se vea privada la juventud de este sagrado derecho...” (Concilio Vaticano II, Gravissimum educationis n.1).


Ahora bien, el niño durante la edad escolar pasa la mayor parte de su tiempo y de su vida en la escuela y en ella es donde alcanza la mayor parte de sus adquisiciones fundamentales. Por ello, también la escuela es un lugar apropiado para el desarrollo de la Educación Religiosa, entendida no como una Educación completada por el Cristianismo, sino compenetrada de Cristianismo; es decir, una Educación en la que los elementos de la cultura participan de una concepción Cristiana del hombre.


D. La Enseñanza Religiosa en Costa Rica.


En el caso de nuestro país, es obligación de la escuela Costarricense, como instancia mediante la cual se concreta la formación integral de la persona, garantizar que la Educación abarque esa dimensión religiosa sobre todo si se parte de los fundamentos legales. El Art. 210 del Código de Educación expresa: “Cada grado o sección de las escuelas de primera enseñanza de la república, sin excepción, recibirá semanalmente dos horas lectivas de Enseñanza Religiosa”. La asistencia a las clases de Religión se considerará obligatoria para todos los niños cuyos padres no soliciten por escrito al Director de la escuela que se les exima de recibir esa Enseñanza. Los Directores comunicarán a los respectivos Visitadores o Inspectores la lista de esas solicitudes y las archivarán en debida forma.


En consecuencia, la Educación Religiosa de los estudiantes en nuestro país está claramente estipulada en las leyes educativas.


E. La Educación Religiosa: un derecho inalienable.


Con motivo de la Resolución de la Sala Constitucional que anuló la facultad concedida a los Obispos por el Reglamento de la Ley de Carrera Docente de discernir sobre la idoneidad para el otorgamiento de la “Missio Canónica” o Envío Apostólico a las y los Educadores de Educación Religiosa, la Conferencia Episcopal de Costa Rica recordó en un comunicado, con fecha 5 de Marzo del 2010, que:


“El fundamento de la Educación Religiosa se encuentra en el derecho inalienable que tienen los padres de familia Católicos, de educar a sus hijos según su fe y convicciones. Es un derecho humano que debe respetarse, y es deber del Estado Costarricense hacer el mayor esfuerzo para que los padres encuentren esta Educación en los centros docentes públicos.


En el último párrafo del artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se establece: “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de Educación que habrá de darse a sus hijos”. Puntualizando aún más, el artículo 18.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, afirma: “debe respetarse la libertad de los padres, o en su caso de los tutores legales, de dar a sus hijos, según las modalidades de aplicación que determine la legislación de cada Estado, la Educación Religiosa y moral conforme a sus propias convicciones” (Asamblea General de la ONU, 16 de Diciembre de 1966).


Por tanto, la Educación Religiosa en el ámbito educativo es un servicio subsidiario del Estado Costarricense a la familia, para brindar la formación integral de las y los estudiantes, para que desarrollen armónicamente sus propias dotes físicas, morales, intelectuales y espirituales. Se deduce que la Educación Religiosa no es simplemente una fuente de empleo o relación de carácter laboral.


Por otra parte, nos preocupa la tendencia de querer remplazar la Educación Religiosa Católica, por una enseñanza del hecho religioso de naturaleza multiconfesional, o por una enseñanza ética, estética y de valores, negando el derecho de los padres y madres de familia a optar por la Educación Religiosa Católica para sus hijos e hijas”.


F. Docentes de Educación Religiosa.


No cabe duda, las y los Docentes de Educación Religiosa deben ser auténticos testigos, el hecho religioso que enseñan tiene que tener las señales de un hecho real que han conocido, no de un modo abstracto sino del cual han tenido una experiencia personal que termina por expresarse en primera persona.


Hoy la gente escucha más a los testigos que a los Maestros, y si escucha a los Maestros es porque son testigos. “…Les decimos a todos: es necesario que nuestro celo evangelizador brote de una verdadera Santidad de Vida… el mundo exige a los evangelizadores que les hablen de un Dios a quienes ellos mismos conocen y tratan familiarmente, como si estuvieran viendo al Invisible. El mundo exige y espera de nosotros sencillez de vida, espíritu de Oración, caridad para con todos, especialmente para los pequeños y los pobres, obediencia y humildad, desapego de sí mismos y renuncia. Sin esta marca de Santidad, nuestra palabra difícilmente abrirá brecha en el corazón de los hombres de este tiempo. Corre el riesgo de hacerse vana e infecunda” (EN 76).


Estas palabras de Pablo VI, valen para todos nosotros, los Agentes de Pastoral.


3.- Conclusión.


Según una encuesta, en el año 2000, el 92% de los Norteamericanos estaban de acuerdo en que: “Las familias permanecen en el centro de nuestra sociedad. Sólo podemos ir adelante en este país si las familias y los valores de la familia son fortalecidos”. Benedicto XVI (Jornada Mundial de las Familias, 2006) escribe: “La Iglesia no puede dejar de anunciar que de acuerdo con los planes de Dios, el matrimonio y la familia son insustituibles y no admiten otras alternativas”.


Los padres son los primeros maestros que educan en la fe. Se trata de un deber y de un derecho esencial, primario, insustituible e inalienable. El Estado no puede vulnerar este derecho primario que tienen los padres, ni puede imponer, legítimamente, ninguna formación de la conciencia moral de los alumnos al margen de la libre elección de sus padres. Esto se aplica, consecuentemente, en el caso de la Educación sexual.


Necesitamos de la familia. En este momento de crisis y penurias materiales y espirituales, la familia está llamada a ser la raíz del rearme moral que tanto necesita nuestra humanidad y nuestro país.


Que San José siga protegiendo nuestra ciudad capital. Que el esfuerzo de la Municipalidad y la Alcaldía por darle un rostro humano a esta Ciudad, redunde a favor del núcleo familiar. La sociedad del mañana será lo que sea la familia hoy; por lo tanto, el futuro de nuestra ciudad capital dependerá no sólo de su crecimiento económico o de su desarrollo urbanístico, sino, sobre todo, de la buena salud del insustituible sujeto social que son nuestras familias.


Que el ejemplo de San José nos ilumine y su poderosa intercesión nos ayude a hacer de nuestras familias verdaderos santuarios de la Vida y el Amor.


Imploremos el patrocinio de San José para que durante este Año Sacerdotal, los Sacerdotes crezcamos en nuestra entrega y fidelidad al Señor.


San José, ruega por nuestra ciudad y nuestro país.


Monseñor Hugo Barrantes Ureña,

Arzobispo de San José, Costa Rica

(Foto del Seminario Redemptoris Mater

Nuestra Señora de los Ángeles, 2007)


Fuentes:

http://iglesiacr.org/principal/content/view/314/72/

http://iglesiacr.org/principal/content/view/315/

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